En el marco de los juicios iniciados por el aumento de las cuotas de los planes de ahorro, la Dra. Martinelli, integrante del Primer Tribunal de Gestión Judicial Asociada en lo Civil, Comercial y Minas, dispuso la tramitación de estos procesos como acción colectiva, dictando, mientras se resuelve la misma, una medida cautelar que abarca a todos los suscriptores de planes de ahorro que se encuentren vigentes al 05 de febrero de 2020, mediante la cual se ordenó a las sociedades inversoras incluidas en el colectivo, tomar el valor de las cuotas del mes de abril del 2018, aplicando una variación del 33% correspondiente al Coeficiente de Variación Salarial hasta noviembre de 2019,  y posteriormente, mantener la actualización aplicando el  CVS publicado por el INDEC.

El 12 de marzo de 2020 se realizó una audiencia informativa. Si bien allí se hizo hincapié en los ahorristas que tenían un plan de Volkswagen la circunstancias son similares. La misma puede visualizarse en: https://www.youtube.com/watch?v=amj2caGpH7A

 

Preguntas Frecuentes

 

1. ¿Qué significa que tramitarán como colectivas las demandas por planes de ahorro?

Esto significa que todas las personas que hayan celebrado contratos con las firmas FCA SA de ahorro para fines determinados y Fiat Chrysler Argentina SA.; Círculo de Inversores SA de ahorro para fines determinados y PSA Group; Toyota plan argentina SA de ahorro para fines determinados y Toyota Argentina SA; Plan Rombo SA de ahorro para fines determinados y Renault Argentina SA; Chevrolet SA de ahorro para fines determinados y General Motors de Argentina SRL; Plan Ovalo SA de ahorro para fines determinados y Ford Argentina SCA e Interplan SA de ahorro para fines determinados y Chery Socma Argentina SA. para la adquisición de un vehículo, cuyo grupo se encuentre vigente al 5 de febrero de 2020, están incluidas en la acción, independientemente de si se encuentran con el plan al día, tienen la unidad adjudicada o el plan caído, sin necesidad de iniciar un juicio individual.

 

2. ¿Qué es lo que va a resolver el Tribunal de Gestión Asociada en los Civil N° 1?

El tribunal resolverá sobre la eficacia de la cláusula que determina la variación del valor de la unidad, y en consecuencia, la variación de las cuotas de los planes de auto ahorro.

Mientras resuelve la cuestión de fondo, se encuentra vigente la medida cautelar dictada.-

3. Soy suscriptor de un plan y no inicié ninguna demanda por la cuota. ¿También estoy incluido?

Sí. La acción colectiva involucra a todas las personas que tengan un plan de ahorro con las firmas Volkswagen SA de Ahorro Para Fines Determinados y Volkswagen Argentina SA en Mendoza, FCA SA de ahorro para fines determinados y Fiat Chrysler Argentina SA.; Círculo de Inversores SA de ahorro para fines determinados y PSA Group; Toyota plan argentina SA de ahorro para fines determinados y Toyota Argentina SA; Plan Rombo SA de ahorro para fines determinados y Renault Argentina SA; Chevrolet SA de ahorro para fines determinados y General Motors de Argentina SRL; Plan Ovalo SA de ahorro para fines determinados y Ford Argentina SCA e Interplan SA de ahorro para fines determinados y Chery Socma Argentina SA. cuyo grupo se encuentre vigente al 5 de febrero de 2020 y que tengan domicilio en la provincia de Mendoza.

4. ¿Estoy obligado a demandar?

No es necesario iniciar ninguna acción individual hasta que se resuelva la acción colectiva.

En este proceso se encuentran incluidas todas las personas domiciliadas en Mendoza y que tengan un plan de ahorro con las firmas antes mencionadas en Mendoza, cuyo grupo se encuentre vigente al 5 de febrero de 2020.

5. ¿Qué pasa si no quiero quedar incluido en esta acción colectiva?

Quien no quiera ser parte de la acción colectiva, debe presentar una nota con sus datos personales, ante el Tribunal de Gestión Asociada N° | (Av. España 480, 6to Piso, Ala Sur) manifestando expresamente que no desea integrar el colectivo. Pueden ejercer esta opción hasta antes del dictado de la sentencia.

6. ¿Debo contratar un abogado que me represente en esta acción colectiva?

No es necesario el patrocinio letrado en esta acción colectiva. En esta oportunidad la resolución de la jueza Martinelli establece que la abogada Mariela González, es quien debe ejercer la representación del colectivo, justificando la decisión en que la letrada patrocina al mayor número de presentantes con intereses individuales homogéneos en juego y que será coadyuvada por el Ministerio Público de la Defensa, que actuará por los ausentes o desconocidos.

7. Como integrante del colectivo, ¿puedo concurrir a realizar consultas a la Dra. González? Tengo que pagar la consulta?

Todos los integrantes del colectivo pueden realizar las consultas necesarias a la Dra. Mariela González, quien ha sido designada como representante del colectivo. No deben abonar suma alguna en concepto de honorarios por estas consultas, ya que los honorarios de la letrada serán regulados judicialmente.

8. ¿Si salí sorteado, se me adjudicó la unidad o terminé de pagar la última cuota del plan, puedo retirar el automóvil o debo pagar las diferencias de las cuotas reajustadas por la medida cautelar?

La unidad debe ser entregada por la concesionaria o sociedad inversora en cualquiera de estos casos y mientras se encuentre vigente la medida cautelar dictada que mantiene el reajuste de las cuotas, el ahorrista no debe pagar las diferencias existentes entre el monto de las cuotas anteriores al dictado de la medida y las cuotas con reajuste por la cautelar.

9. Con la medida del tribunal, ¿Cuál es el valor de la cuota que tengo que pagar?

Lo que se dispuso es un nuevo cálculo para la cuota, mientras dure el proceso.  La jueza ordenó a las empresas, tomar como referencia el valor de la cuota de abril de 2018, con una variación del 33% correspondiente al Coeficiente de Variación Salarial hasta noviembre de 2019 y actualizar las cuotas mes a mes, teniendo en cuenta este CVS publicado por el INDEC.

10. ¿Qué pasa si yo tengo deuda?

La medida dictada por el tribunal incluye en la acción a los morosos. Es decir que si tiene deuda de cuotas anteriores a la resolución dictada el 5 de febrero, y hasta tanto se lleve a cabo la audiencia inicial de conciliación por las partes, las empresas no podrán solicitar el secuestro y la subasta de los bienes.

11. ¿Qué pasa si no pago las cuotas conforme lo dispuesto en la medida?

Si el suscriptor del plan no cumple con el pago de las cuotas conforme se ha establecido en la medida, se atrasa en las mismas o el plan se cae, siguen corriendo los términos y condiciones establecidos al momento de contratar el plan de ahorro. Es decir que de presentarse alguna de estas situaciones con posterioridad al dictado de la medida, la empresa se encuentra habilitada para realizar las medidas que considere necesarias (que se encuentran en las condiciones pactadas en el contrato), como por ejemplo, solicitar el secuestro y la subasta del bien, en caso de corresponder.